Nueva ley de cambio climático y transición energética: impacto en la estrategia empresarial

El pasado viernes 21 de mayo se publicó en el BOE Ley 7/2021, de 20 de mayo, la nueva ley de cambio climático y transición energética. Esta ley tiene cuatro objetivos principales: (a) el cumplimiento de los objetivos del Acuerdo de París, (b) facilitar la descarbonización de la economía española, su transición a un modelo circular de modo que se garantice el uso racional y solidario de los recursos, (c) promover la adaptación a los impactos del cambio climático y (d) la implantación de un modelo de desarrollo sostenible que genere empleo decente y contribuya a la reducción de las desigualdades.

Bajo estos objetivos se toman una serie de medidas, algunas de aplicación inmediata, otras de realización a medio y otras para 2050.  Las más importantes se resumen a continuación:

  •  En materia de energía, en el año 2030 deberá alcanzarse una penetración de energías de origen renovable en el consumo de energía final de, al menos, un 42%, un sistema eléctrico con, al menos, un 74% degeneración a partir de energías de origen renovable y mejorar la eficiencia energética disminuyendo el consumo de energía primaria en, al menos, un 39,5% con respecto a la línea de base conforme a normativa comunitaria. La tecnología hidráulica tiene una mención especial en la norma como fuente prioritaria dentro del mix energético que se pretende. En la búsqueda de edificios más eficientes se fomentará el uso de materiales con menos impacto en la huella de carbono e incentivando el desarrollo de comunidades locales energéticas.
  •  En materia de transición energética y combustibles, se anuncian planes específicos (aún por determinar) para un mayor uso de gases renovables, incluyendo el biogás, el biometano, el hidrógeno y otros combustibles alternativos. Al mismo tiempo esta ley supone la imposibilidad de nuevas autorizaciones exploración ni concesiones de explotación de hidrocarburos.
  •  En relación a la movilidad y el transporte, los municipios de más de 50.000 habitantes (casi 150 ciudades españolas), tienen la obligación de crear sus planes de movilidad urbana sostenible en coherencia con los informes de calidad del aire. Obligación para las estaciones de servicio con determinas cifras de ventas de garantizar puntos de recarga eléctricas. Además, se establecerán obligaciones relativas a la instalación de puntos de recarga de vehículo eléctrico en edificios de nueva construcción y en intervención en edificios existentes.

La ley anuncia una serie de medidas, sin determinar, especialmente referidas para aquellas zonas, colectivos u otros que puedan verse especialmente perjudicados por la descarbonización de la economía. Entendemos que la llamada transición justa, que hace referencia tanto a las zonas de Asturias y León económicamente dependientes de la minería, pero también debería aplicarse a zonas en las que existen reactores nucleares, como por ejemplo Cofrentes, Trillo, Almaraz, entre otras. El impacto en el empleo en estas comarcas será muy negativo cuando estas instalaciones se cierren por lo que se hace imperioso planes derivados de “La Estrategia de Transición Justa” que garanticen un empleo digno y que además evite la despoblación definitiva de las zonas rurales que sobreviven gracias a estas infraestructuras. Se recogen las obligaciones de información que debe emprender el sector financiero y las empresas. Se introduce la obligación de presentar, en materia de obligaciones de información no financiera, informe anual de impacto financiero de riesgo asociado al cambio climático, riesgo de transición a la economía sostenible así como las medidas que mitiguen esos riesgos.

Desde AD_Strategies estamos asesorando a la empresas, en especial a Pymes, en la definición e implementación de nuevas estrategias empresariales que maximizan el rendimiento medioambiental de las mismas en sinergia con los objetivos definidos tanto a nivel nacional como a nivel europeo.

 Aunque la ley 11/2018 de Información no Financiera y Diversidad no obliga a todas las empresas a la realización de informes de sostenibilidad basados en criterios medioambientales, sociales y de gobierno corporativo (ESG),  la adopción de esos criterios a través de planes estratégicos ESG,  se convierte en una importante ventaja competitiva para las empresas, en especial para las Pymes.

Destacar también que los pliegos de contratación pública van a  incorporar  criterios de adjudicación vinculados a la lucha contra el cambio climático con prescripciones técnicas particulares que establezcan la necesaria reducción de emisiones y de la huella de carbono. Además, en el plazo de un año se determinará qué empresas debe hacer un estudio de impacto de huella de carbono con la realización de planes que reduzcan esta externalidad negativa.

A modo de resumen, se publica una Ley esperada, ambiciosa, que deberá ser desarrollada y que plantea un cambio disruptivo de modelo económico, del modelo lineal basado en combustibles fósiles al modelo circular basado en;  el uso de energías renovables, intento de utilización de menos materias primas, el eco-diseño que garantice un mayo ciclo de vida del producto o la conversión del desperdicio como producto (waste-to-energy).

Esto va a generar impactos positivos pero requiere de propuestas públicas que ayuden al desarrollo de las nuevas tecnologías que mitiguen el cambio climático. Todo ello, sin dejar de lado, lo importante que es para esa transición la formación, por ejemplo, en el desarrollo del hidrógeno para la movilidad o para la energía.

 Alberto Sáez,  Paloma Moya. AD_Strategies. Senior Partners and co-founders.